Un certificado parcelario se otorga a personas que viven en un ejido y que solicitaron a través de un programa llamado PROCEDE el llamado certificado. Este funge como una escritura pública y se paga impuesto por este documento pero, por lo regular, se condona por resolución presidencial llendo el Presidente de la República a entregar personalmente los certificados. El documento es válido ante cualquier instancia de Registro Público de la Propiedad. El certificado debe tener el nombre del propietario, colindancias y superficie.
Los inversionistas extranjeros no han acudido a las inmobiliarias para adquirir un terreno ejidal apto para su proyecto, porque los agentes inmobiliarios tradicionalmente ofrecen inmuebles con título de propiedad, y han acudido a despachos jurídicos recomendados por sus abogados corporativos, que se valen de intermediarios, no seguros en los trámites agrarios, con elevados costos de corrupción, que para el inversionista no son deducibles, y son los que se hacen cargo de la tramitación agraria, en forma deficiente.
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